El Ayuntamiento lanza once ofertas de trabajo a través del Plan Empleo Activación

BASES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS SOLICITADOS PARA EL “PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO” 2023 “, DE LA CONSEJERIA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO (CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL, LOS PRESENTES CONTRATOS SON OBJETO DE COFINANCIACIÓN POR EL PROGRAMA DEL FSE PLUS FSE+ DE CASTILLA-LA MANCHA 2021-20278, CON UN PORCENTAJE DE COFINANCIACIÓN DEL 85 % DE LOS COSTES TOTALES SUBVENCIONABLES). Fase II. Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

Las bases y solicitudes estarán disponibles del 2 al 12 de marzo de 2024. En el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava.

Las solicitudes se presentarán en el citado plazo en sede electrónica del Ayuntamiento. Y presencialmente en el registro general del Ayuntamiento y/o en el PID situado en la UUPP.

Se aconseja a los/as interesados/as leer las bases con detenimiento y presentar la documentación adecuadamente.

Plazas ofertadas para desempleados de larga duración.  Se entiende por desempleado de larga duración al que reúne más de 12 meses de inscripción como demandante de empleo en los últimos 18 meses previos a la presentación de la oferta genérica de empleo en la oficina emplea. En el plazo de referencia del 26/08/2022 al 26/02/204. Existiendo plazas reservadas a personas con capacidades diferentes.

DENOMINACION DE LAS OBRAS

TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE SERVICIOS DE ALBAÑILERIA, JARDINERIA Y LIMPIEZ AVIARIA.

TRABAJOS DE APOYO/AUXILIO ADMINISTRATIVO

NÚMERO DE TRABAJADORES: 10 Peones de usos múltiples (uno de ellos con labores de conducción de maquinaria). 1 auxiliar Administrativo (55% Mujeres. 15% Víctimas de VVGG. Y 25% personas en situación de exclusión social. De las cuales un 7% han de ser de personas con discapacidad)

CATEGORIAS (SÓLO SE PODRÁ SOLICITAR UNA CATEGORÍA PROFESIONAL):

10 peones de usos múltiples. 1 auxiliar administrativo.

JORNADA. Completa y continua de lunes a domingo.

SALARIO: SMI Vigente incluida parte proporcional de paga extra.

CONTRATO: Según la disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo. Contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo de 6 Meses de duración a jornada completa. Durante el desarrollo de los contratos, las personas contratadas recibirán acciones de orientación laboral por parte de los orientadores laborales de las oficinas emplea, con la finalidad de actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir situaciones de exclusión social.

PLAZO DE PRESENTACION SOLICITUDES: La provisión de puestos de trabajo se realizará mediante convocatoria pública y a través de oferta genérica tramitada en la oficina emplea de Ciudad Real. El plazo de presentación de instancias será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación en el tablón de anuncios.

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

LUGAR DE PRESENTACION SOLICITUDES:

EnlasedeelectrónicadelAyuntamientodePozuelodeCalatravahttps://pozuelodecalatrava.es/registro- telematico/ Y en el registro general. (Adjuntar: D.N.I, Tarjeta desempleo, Libro de Familia, Certificado de no recibir prestaciones, autorización para recabar documentación ante el SEPE. En caso de ser víctima de violencia de género, informe pericial en vigor. Tarjeta de Grado de Discapacidad o resolución de Grado. En caso de familiares con trabajo 3 últimas nóminas o declaración trimestral IRPF. Certificación de vulnerabilidad social en caso de colectivos especialmente sensibles en el mercado laboral. Los requisitos no acreditados documentalmente no serán baremados)

También podrán presentarse en cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que las solicitudes no hayan sido presentadas en el registro del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava., se deberá obligatoriamente remitir dentro del plazo de presentación de solicitudes, copia del impreso de solicitud debidamente registrada al correo electrónico: registro@pozuelodecalatrava.es , al igual que las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos, que deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.

Quedarán excluidas aquellas solicitudes que, no habiendo remitido la referida copia, en el momento de la baremación no se encontrasen en poder de la Comisión de selección.

COMISIÓN DE SELECCIÓN.

El Tribunal calificador será colegiado y estará integrado por un total de cinco miembros. Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino o laboral temporal y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal podrá nombrar colaboradores ,especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate, el voto de calidad del presidente.

El Tribunal Calificador estará constituido por la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes: – Presidente. -Secretario. -Tres vocales.

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente; siendo obligatoria además la asistencia de quien ejerza la Presidencia, la Secretaría y un vocal, o de sus respectivos suplentes.

Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a esta plaza.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se regirá por lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros de la Comisión de selección deberán a bstenerse de intervenir notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 40 de la Ley40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.

AUTORIZACIÓN PARA QUE SE UTILICEN LOS DATOS PERSONALES DE LAS SOLICITUDES PARA SU TRAMITACIÓN Y PUBLICACIÓN:

A efectos del cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por este Ayuntamiento para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, las personas participantes para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de la solicitud de participación dan su consentimiento para que este Ayuntamiento pueda proceder a la publicación de estos en su página web, tablón de anuncios o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES/AS.
  1. Estar inscrito como demandante de empleo en las categorías correspondientes en la Oficina de Empleo de la Consejería de Empleo, Economía y Empresas. Tanto en el momento de la selección, como en el de la contratación. Cumpliendo los requisitos de la convocatoria del Plan de activación para el empleo 2023.

  2. Un trabajador por unidad familiar.

  3. No serán prioritarios para participar en este programa los trabajadores que hubieran participado en el Plan Extraordinario de Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en las últimas ediciones.

  1. Se reserva un cupo del 25% de participantes para personas en situación de exclusión social. (del cual un 7% para personas con discapacidad de un grado igual o superior al 33%. Y un 15 % para personas víctimas de VVGG.)

La valoración de las solicitudes se realizará a fecha de tramitación de la oferta genérica con la oficina de empleo de Ciudad Real, independientemente de la fecha en la que se resuelva el proceso selectivo.

CRITERIOS Y BAREMOS:

La selección de los trabajadores de este Plan de activación para el empleo 2023 se llevará a cabo mediante el siguiente BAREMO de puntuación.

    1. SITUACIÓN DEL DESEMPLEADO DE LARGA DURACIÓN:

Esta situación, se acreditará mediante el certificado de periodos de inscripción facilitado por la oficina emplea de Ciudad Real. De la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Personas demandantes de empleo y servicios inscritos en una oficina de emplea de Castilla-La Mancha, en situación laboral de no ocupados a la fecha de registro de la oferta y que hayan permanecido inscritas, como no ocupadas al menos 360 días dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de estos grupos:

  1. Personas entre 30 y 66 ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones contributivas por desempleo. 4 puntos

  2. Personas entre 30 y 66 años o mayores de 66 años, en las mismas condiciones que el ordinal anterior cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los servicios sociales básicos para su inclusión en el programa o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas emplea de CLM. 5 puntos.

  3. Personas entre 30 y 66 años, ambos inclusive, que hayan cotizado en el régimen especial de trabajadores autónomos al menos 12 meses dentro de los 10 años anteriores a contar desde la publicación de la orden y que estén inscritos como demandantes de empleo no ocupados en las oficinas emplea de CLM que hayan agotado su prestación por cese de

actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta de las oficinas de emplea. 4 puntos.

  1. Personas que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro este empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajado por haber sido cuidadores de personas dependientes. 4.

  2. Personas jóvenes con baja cualificación. Se consideran como tales a las personas con edades entre los 18 años y que no hayan alcanzado los 30 años o estén inscritos como beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil y, en ambos casos, que no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la

conclusióndeuncontratoformativoparalaobtencióndelaprácticaprofesionaladecuadacorrespondienteaniveldeestudios.

  1. Personas con capacidad intelectual límite, personas con trastornos del espectro autista y personas víctimas de trata de seres humanos. 4 puntos.

  2. Colectivos relacionados con el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. A efectos de esta orden, se considerarán como tales, a quienes acrediten por sentencia que hayan sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por condición sexual

Las mujeres víctimas de violencia de género tendrán prioridad absoluta en la selección, quedando excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en el momento de gestionarse la oferta por la misma, aunque si deberán estar inscritas como desempleadas, no ocupadas, en el momento de la contratación. (15% de los contratos se celebrarán con este colectivo). Tal condición se ha de acreditar con sentencia judicial firmen con medidas cautelares en vigor, o con menos de 6 meses de antigüedad de prescripción. O informe del centro de la mujer.

Se reserva un cupo del 25% de la totalidad de los contratos, para personas en situación de exclusión social, que, con anterioridad a su contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha. De entre este colectivo un7% deberá ser ocupado por el colectivo de personas con discapacidad.

Y al menos un 7% de la totalidad de los contratos subvencionados deberá realizarse con personas en situación de exclusión social, que además tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

A efectos de exclusión social serán aquellas personas que tengan acreditada dicha condición por los servicios sociales de atención primaria correspondientes.

    1. RENTA PER CÁPITA FAMILIAR
      1. Ingresos de cero. 5 Puntos.

      2. Ingresos de 1 euro a 100. 4 puntos.

      3. Ingresos de 101 a 200. 3 Puntos.

      4. Ingresos de 201 a 400. 2 puntos.

      5. Ingresos de 401 a 640. 1 punto.

      6. Más de 640. 0 Puntos.

La renta per cápita de la unidad familiar se calculará de la siguiente forma: la suma de los

ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar, divididos entre 12 meses cuando la paga extra esté prorrateada o entre 14 meses, en caso de lo contrario; el resultado de dicho cociente se dividirá, a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar

Los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos con la última declaración del IRPF. En el caso de personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE o con la declaración responsable emitida por el interesado.

    1. CARGAS FAMILIARES.

Se valorarán las responsabilidades familiares: hijos o tutelados menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida de al menos, 33%) y que carezcan de ingresos.

Por 1 hijo. 0,3 Puntos.

Por 2Hijos. 0,6Puntos.

Por 3Hijos. 0,9Puntos.

    1. CAPACIDADES DIFERENTES.

Personas discapacitadas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante 12 o más meses, dentro de los 18 meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo.

Grado discapacidad Igual al 33%0, 5 puntos. Del 33% al 66% 1 Punto.

Del 66% en adelante. 2 puntos.

La discapacidad, ha de ser compatible con el buen trabajo y desempeño de la labor profesional a desempeñar. Si fuera preciso, se podrá realizar reconocimiento médico previó a la incorporación del trabajador a su puesto de trabajo, por parte del servicio de medicina preventiva.

    1. INSERCIÓN LABORAL
      1. Los trabajadores que presenten incidencias por absentismo laboral o conducta inapropiada en su puesto de trabajo, en contrataciones anteriores se les restarán 8 puntos.

      1. Por disponer de la Titulación de FI Auxiliar Administrativo o Ciclo de Grado Medio Administrativo. Y /o formación en administración electrónica (Monitor PID, Agente de Transformación Digital, Admón electrónica) 10 puntos (Para el puesto de auxiliar administrativo).

      1. Por disponer de carné de conducir C y el CAP. 10 puntos (Para el puesto de operario de usos múltiples con labores de conducción.)

      1. Por haber participado en un proceso de acreditación profesional o itinerario individualizado de inserción en la oficina emplea de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. (certificado por la oficina emplea) 3 puntos.

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

Las plazas no cubiertas en este cupo de reserva serán ocupadas por las personas incluidas en ellos colectivos del apartado 1 de la orden 176/2023 de 17 de octubre de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por las que se regulan las bases para la puesta en marcha del programa apoyo activo al empleo y se regula su convocatoria para el 2023.

En igualdad de puntuación, tendrán preferencia para participar las personas que no fueron contratadas en el marco de la convocatoria efectuada mediante la Orden 146/2022, de 27 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases de concesión de subvenciones a entidades locales para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el FSE Plus y se efectúa su convocatoria para 2022.

Así mismo, respecto a los colectivos a los que se refiere el artículo 16.1 a b e y f tendrán preferencia, en igualdad de puntuación, para participar en este programa de empleo, las personas mayores de 50 años.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN.

Las personas que durante el proceso selectivo no reúnan los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de trabajo.

Los trabajadores que tengan informes desfavorables por el trabajo desempeñado y/o presenten incidencias por absentismo laboral en contratos anteriores en este Ayuntamiento, así como tener abierto expediente disciplinario con motivo de agresiones físicas o verbales a compañeros o superiores.

Aquellos solicitantes que no hayan presentado debidamente cumplimentado y firmado los impresos de solicitud, o que no hayan aportado la documentación requerida, que imposibilite la correcta baremación de la solicitud. Así como la falsedad de datos en la declaración jurada.

ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección valorará las mismas y propondrá un listado provisional de admitidos (seleccionados y suplentes) y excluidos, que será publicado en el Tablón de anuncios del ayuntamiento.

Se indicarán las causas de exclusión que concurran, concediendo a los interesados un plazo de tres días hábiles para formular reclamaciones y consultas. Transcurrido ese plazo, la Comisión de Selección se reunirá para confeccionar la lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento del ayuntamiento. Si no se hubieran presentado alegaciones, el listado provisional se convertirá en definitivo.

Constituida de nuevo, en su caso, la Comisión de Selección, resolverá las reclamaciones que se hubieran recibido y efectuará propuesta definitiva de contratación y formación de listado de reservas. De no haber reclamaciones, se entenderá que la propuesta contenida en el acta de selección provisional se eleva a definitiva, sin necesidad de nueva reunión de la Comisión de Selección.

En base al acta de valoración definitiva, se dictará Decreto por la Alcaldía en la que se disponga la contratación del personal propuesto.

La persona seleccionada será llamada para la firma del contrato laboral, alta en el Régimen General de la Seguridad Social y comienzo del trabajo de conformidad con las necesidades del servicio.

En caso de que las personas interesadas no respondan a los llamamientos que se realicen por vía telefónica, o no se presenten para la celebración del contrato, se diligenciará dicha circunstancia, perdiendo el derecho a la contratación y acudiéndose a la lista de reservas que se forme.

Una vez efectuado el contrato laboral, en el supuesto de que se produzca la renuncia a su contrato de trabajo de alguna de las personas seleccionadas, se avisará a la persona que figure en la lista de reserva, según el orden reflejado en el acta de la Comisión de Selección y por el tiempo de duración que reste por cumplir a la persona sustituida.

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

INCIDENCIAS.

El tribunal de selección queda facultado para resolver las dudas que surjan y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo, así como la interpretación de las presentes bases. Aplicando en todo caso la normativa de general en la materia.

RÉGIMEN JURÍDICO.

El medio de comunicación por el que se efectuarán las sucesivas publicaciones será a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y/o web municipal. De acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la convocatoria y sus bases se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla-La Mancha, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley29/1998, de13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Los demás actos administrativos que se deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Descargar bases del Plan Empleo Activación para el Empleo 2023 FASE II 2023 (Periodo abierto del 2 al 12 de marzo) 

Author: Ayuntamiento

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